jueves, 25 de junio de 2020

Viandas, desayuno, merienda y refrigerios!



Queridísimas familias:

¡Por favor leer con atención toda la nota!

Retomamos el contacto para la segunda parte del año. Aún continuamos en este sistema virtual porque no tenemos fecha de presencialidad. Nos contactamos para avisarles que el día jueves 6 de agosto como único día, se entregará en la Escuela la bolsa con el desayuno y merienda para todxs lxs niñxs que asisten a la institución.

 

Además, para las familias que tenían la beca en el 2019 y 2020 y que la hayan tramitado durante el mes de mayo se les entregará con la bolsa del desayuno o merienda un refrigerio como refuerzo. Aquellos que no han tramitado la beca para el 2020 tendrán la posibilidad de hacerlo durante todo agosto en la página www.becasalimentarias.buenosaires.gob.ar (información que nos llegó del Gobierno de la Ciudad). Nuestra escuela por ser de Jornada Simple, solo recibe mercadería de desayuno y merienda NO bolsones con otros alimentos. Hemos reclamado al Gobierno de la Ciudad en reiteradas oportunidades para que se considere el cambio de modalidad de entrega sin aún tener una respuesta favorable. 

 

NECESITAMOS QUE CONCURRAN PARA QUE LA MERCADERÍA LES LLEGUE A USTEDES NUESTRAS FAMILIAS.

 

Por favor, asistan con DNI de la persona responsable del retiro de la mercadería (familiar del niño o niña) y sin los niños/as ya que no es conveniente por los contagios. Y si vienen en nombre de otra familia recuerden traer autorización.

 

La entrega se realizará de 12 a 13 de 1° a 3° grado, de 13 a 15 hs 4° y 5° grado y de 15 a 16 hs de 6° a 7° grado. Si una familia tiene niñxs en los primeros grados y en los últimos se entregará para todxs en alguno de los tres horarios establecidos. Se organizará la entrega con una fila respetando lo establecido para el mejor cuidado de todxs.

 

Por otro lado, les informamos que se realizará la entrega del segundo cuadernillo (entregado el 2/07) y posiblemente habrá nuevos materiales (aún no ha sido confirmada la entrega por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) que también serán entregados.  

Muchas gracias. Les pedimos difusión entre la Comunidad. Como les decimos siempre es importante la comunicación entre ustedes.

 

 

 




                                     

El Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/20 estableció el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para toda la población , previendo en su artículo 6° , dentro de las excepciones a la prohibición de circulación a la personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores ; a niños, a niñas y adolescentes

La Resolución de firma Conjunta entre Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Hacienda y Finanzas N° 7 GCABA-MJGGC/20 y su modificatoria N° 8 GCABA MJGGC/20 declaró la esencialidad del Ministerio de Educación en toda su jurisdicción.

La Supervisión de Escuelas Primarias del Distrito Escolar 17 (Devoto / Villa del Parque) deja constancia que la familia portadora de esta imagen está habilitada para retirar la canasta alimentaria que corresponde a su hijo/hija por ser alumno regular de escuelas de esta Jurisdicción, según el cronograma que sigue:


Dirección Establecimiento

ESTABLECIMIENTO

DIA DE ENTREGA

 

 

 

 

 

 

Cnel. Ramón Lista 5256

Esc. Primaria Nº 16 DE 17º Rdo. Padre Agustín P. Nores

JUEVES 06/08






El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder Ejecutivo de la Nación y su prórroga establecida por el Decreto N° 355/20, estableció para todo el territorio nacional, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para toda la población, previendo en su artículo 6 dentro de las excepciones a la prohibición de circulación a las “Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencias; a personas mayores; a niños; a niñas; y adolescentes”. La Resolución de firma Conjunta entre el señor Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Hacienda N° 7/MJGGC/20 y su modificatoria Resolución N 8/MJGGC/20, declaró la esencialidad del Ministerio de Educación en toda su jurisdicción. El Equipo Directivo de la Escuela/ Coordinación del Espacio/ Sede N°……Distrito Escolar/Supervisión…. con domicilio en………………… deja constancia que el/la niño/a/joven ……………. DNI N°………………. es alumno/a del sistema educativo de gestión estatal y beneficiario/a del servicio alimentario, que será provisto a través de la Canasta Escolar Nutritiva, la cual puede ser retirada por el adulto responsable, o el estudiante cuando cursare estudios de nivel secundario. Se extiende esta constancia para que el Sr/Sra……………….., DNI N°………………… en su carácter de adulto responsable del alumno/a mencionado precedentemente, concurra en la fecha……………. de 12 a 16 horas, a retirar del establecimiento educativo mencionado la Canasta Escolar Nutritiva otorgada por el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires.


AUTORIZACIÓN PARA RETIRO DE CANASTA ESCOLAR NUTRITIVA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA DECRETADA POR CORONAVIRUS COVID-19. Por medio de la presente, quien suscribe Sra./Sr ………………..…. Documento Nacional de Identidad (DNI)……………..……, con domicilio en……………………………, declaro que el niño/a/joven ………………….. DNI N°…………………., es alumno/a del establecimiento educativo………………………….. Distrito Escolar y percibe el servicio alimentario correspondiente través de la Canasta Escolar Nutritiva. Como Adulto Responsable del alumno/a mencionado precedentemente, declaro que me encuentro imposibilitado de concurrir a retirar la referida Canasta, por encontrarme dentro del grupo de riesgo en los términos de la Resolución N° 627/APNMS-2020. Por tal motivo, extiendo esta autorización para que el Sr/Sra……………….., DNI N°…………………, concurra en la fecha……………. en el turno de ………………, a retirar en …………….……..……..(Escuela asignada para retirar el servicio alimentario) cita en ……………, la Canasta Escolar Nutritiva otorgada por el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires. Declaro bajo juramento que los datos consignados en la presente son veraces, reales y completos sin omitir ni falsear dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad. El falseamiento de los datos informados en la siguiente declaración jurada será pasible de las sanciones legales correspondientes. La presente declaración jurada se emite en virtud del Decreto de Necesidad y Urgencia que establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, destinadas a proteger la salud pública. La declaración jurada tendrá validez mientras esté en vigencia el decreto mencionado. Se deja constancia que sólo la persona que se encuentre aquí autorizada podrá retirar la Canasta Escolar Nutritiva. La presente declaración jurada/autorización podrá ser presentada en formato impreso o manuscrita. Para que el retiro de la Canasta Escolar Nutritiva sea realizado por el/la Autorizado/a, además de la presente declaración jurada/autorización, deberá presentar DNI del estudiante o fotocopia del mismo.

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